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Braulio Rodríguez Plaza

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Carta semanal

Laico, laicismo, laicidad (I)

18 de julio de 2004


Publicado: BOA 2004, 342.


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El tiempo de verano favorece tal vez la reflexión más sosegada; me atrevo, por ello, a sugerir una meditación tranquila sobre el mundo de ideas que sugieren las palabras laico, laicismo, laicidad. Lo hago también pensando en esa repetición que hace el Gobierno de la nación de que quiere ser un gobierno laico; y está en su derecho a hacerlo, pero conviene saber qué se quiere decir con ello, pues los católicos hemos de saber de qué va todo este asunto.

Con la palabra “laico” aparece un fenómeno curioso: en la Iglesia utilizamos el término para referirnos primeramente a los miembros del Pueblo de Dios, ya que laico procede del griego laós (pueblo). El laicado, pues, designa la condición de los laicos, es decir, de los miembros de la Iglesia, ya sea al conjunto de todos ellos, o a los que, por oposición a los que tienen un ministerio particular (obispos, sacerdotes, diáconos, religiosos), son llamados fieles laicos cristianos. Pero en el empleo más moderno del término “laico”, éste significa muchas veces “profano” o por lo menos neutro en cuanto a la religión.

Es decir, unos hombres creen en Dios. Otros no. Así que la igualdad entre unos y otros supone la neutralidad confesional del Estado y de las instituciones públicas, para que todos, creyentes y no creyentes, puedan ser tratados sin privilegios ni estigmatización. De este modo se alcanza la mayor justicia en el tratamiento de las diversas opciones espirituales. Ahora bien, la separación de la Iglesia (o Iglesias) y el Estado no significa lucha contra la religión, sino libertad, igualdad y universalidad. Si esto sucediera, la palabra “laicismo” tendría sentido peyorativo y negativo para los creyentes, pues una cosa es la neutralidad y otra militar contra toda idea religiosa o luchar porque lo religioso sea trasladado a la esfera de lo privado únicamente.

En cualquier caso, en el terreno de los principios nadie puede negar el derecho a la libertad religiosa, pues es uno de los derechos fundamentales del ser humano. Se podrá discutir acerca de la forma de interpretar ese derecho y ese es un debate vivo en la actualidad.

En España, que es donde estamos, ¿este derecho a la libertad religiosa puede ser concebido de forma negativa tanto en su aspecto personal como en el social? Puede serlo, aunque no parece que pueda hacerse con la Constitución Española en la mano. Ahora bien, existe un punto debatido: si se promueve el derecho a la educación, a la cultura, al deporte, ¿no debe igualmente ser protegido por el Estado el derecho a la libertad religiosa, tal y como lo quieran vivir sus ciudadanos? Creo, en efecto, que así se deduce de la Constitución. El Concilio Vaticano II, por su parte, pone un solo límite: el justo orden público. En cualquier caso, en estos temas que tienen que ver con la fe, un Estado laico es necesario que promueva un verdadero diálogo institucional. ¿Sucede esto en el momento actual? Intentaremos verlo la próxima semana.

† Braulio Rodríguez Plaza, arzobispo de Valladolid