La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, por la que se reforma el Código Penal, incorpora al ordenamiento jurídico español un nuevo marco de la responsabilidad penal de las personas jurídicas de los delitos cometidos, en su nombre o por su cuenta, y en su beneficio directo o indirecto, por:
a) Sus órganos de administración y representantes legales.
b) Las personas (apoderado o autorizados), la mayoría de los que están autorizadas para tomar decisiones u ostentan facultades de organización y control en el marco de la persona jurídica.
c) Por quienes, estando sometidos a su autoridad (empleados y trabajadores), hayan podido realizar los hechos delictivos por haberse incumplido gravemente por el órgano de administración los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad.
Ante esta nueva realidad, el órgano de administración de Archidiócesis de Valladolid ha decidido implementar el presente Manual de Compliance (programa de cumplimiento legal), con el objeto de prevenir, detectar y tratar los delitos que, eventualmente, puedan producirse en el seno de la Archidiiócesis y que pueden ocasionar responsabilidad penal para ésta.
A la vista de lo expuesto, es de suma importancia que las personas sujetas al Manual de compliance sean conscientes de que la inobservancia o violación de las leyes y del presente Manual puede ocasionar un grave perjuicio a la Archidiócesis. De igual manera, la totalidad de las personas que integran la Archidiócesis de Valladolid han de entender que el Manual de compliance es un instrumento de gran valor en el logro de la optimización de los recursos y del devenir de la Archidiócesis. El presente Manual de compliance constituye un documento que es considerado válido al día de hoy, pero que habrá de ser revisado y actualizado con carácter permanente en tanto que la doctrina, la legislación y la jurisprudencia vayan haciendo su aportación al contexto jurídico penal instaurado por la Ley Orgánica 1 /2015 y en la medida en que se modifiquen las circunstancias de la Archidiócesis que lo han inspirado, tales como cambios en la posición de responsabilidades, en la estructura organizativa, en la actividad, productos y servicios. En especial se considerará causa de revisión y actualización del Manual de compliance:
a) La realización de conductas que hayan dado lugar a la comisión de un delito.
b) La incidencia que pudieren tener en el futuro los delitos no relevantes, a fin de ser identificados como delitos relevantes y de ser incorporarlos al contenido y alcance del Manual de compliance.